Por cada ascendiente que conviva de forma continua y permanente durante todo el año natural con el contribuyente, se podrá aplicar una deducción de 277 euros siempre que se cumplan los siguientes requisitos.
- Que el ascendiente no tenga rentas anuales, sin incluir las exentas, superiores al salario mínimo interprofesional.
- Que el ascendiente no forme parte de una unidad familiar en la que cualquiera de sus miembros tenga rentas anuales, sin incluir las exentas, superiores al salario mínimo interprofesional.
- Que el ascendiente no presente declaración por este Impuesto, o no este obligado a ello.
Más información en:
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Негізгі бет Deducción por ascendientes
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