Ante las consultas realizadas por las empresas sobre los derechos y deberes ante actuaciones de inspección por inspectores de Hacienda a las empresas, ADEGI en colaboración con CIALT Asesores Legales y Tributarios organizó esta jornada en la que ayudaremos a responder a preguntas como las siguientes:
¿La Inspección de Hacienda puede acceder en cualquier caso al domicilio?
¿Puedes oponerte a la entrada del domicilio sin cometer, por ello, una infracción tributaria sancionable?
¿Qué documentación puede requisar la Inspección de Hacienda?
¿Puede la Inspección acceder a ordenadores y archivos informáticos de la empresa?
La primera visita de la Inspección será clave en el posterior desarrollo de las actuaciones de comprobación e investigación. Toda empresa debe estar preparada para actuar correctamente en ese momento, evitando errores, previniendo situaciones de pánico y cumpliendo un protocolo preestablecido.
Intervienen:
Patxi Sasigain, Director de Competitividad e Innovación de ADEGI.
Miguel Angel Nieto, socio de CIALT Asesores Legales y Tributarios
Abstract:
Previsiones del artículo 136 de la NFGT sobre la entrada y registro en el domicilio y del artículo 15 del Reglamento de Inspección sobre la entrada y reconocimiento.
El artículo 109 de la NFGT y la autorización judicial para la entrada en el domicilio de los obligados tributarios.
El domicilio constitucionalmente protegido (alcance y evolución jurisprudencial).
Posibilidad de adopción de medidas cautelares.
Diferencias con la regulación contenida en la LGT
La inspección municipal y la subcontratación de su gestión
Негізгі бет "Derechos y deberes de la empresa ante una inspección sorpresa de hacienda"
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