En principio su cuestionamiento es valido, pero despues le dieron una respuesta clara: debido a que la Constitucion habla expresamente sobre la libre designacion del Procurador, una ley organica, al ser una norma de jerarquia inferior, no puede ir en contra de esa disposicion consitucional, ya que seria inconstitucional. Eso es distinto de los demas funcionarios mencionados, debido a que las normas sobre su designacion no estan en la consitucion, sino en leyes. Por lo que otra ley si puede modificar esas disposiciones porque son de igual jerarquia. Otra forma de verlo es decir que si la Constitucion no hablara sobre la designacion del Procurador, entonces modificando su ley organica bastara.
@Darfco
5 ай бұрын
A ese periodista hay que explicarle con peras y manzanas, hasta vergüenza arena me dió
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