Forma parte de la serie "Técnicas de Litigación Oral en Materia Penal", que consta de 10 cápsulas.
El artículo 3º. del Código Nacional de Procedimientos Penales señala que Juez de Control es aquel que interviene en el principio del procedimiento y hasta el auto de apertura a juicio, su labor dentro de las primeras dos etapas del procedimiento debe ser muy pulcra, en la capsula se abordo actos que a mi consideración ensucian el actuar del Juez durante las audiencias y que rompen con los principios rectores de inmediación, continuidad y concentración.
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Негізгі бет JUEZ DE CONTROL
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