Los Acuerdos Plenarios no constituyen Jurisprudencia. No cumplen con ninguna de las tres condiciones que exige esta importante fuente del Derecho. Empero, es un importante criterio de interpretación para unificar la jurisprudencia.
Ponente: Guido Aguila Grados
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Негізгі бет ¿LOS ACUERDOS PLENARIOS CONSTITUYEN JURISPRUDENCIA? - TTR # 9
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