Felicitaciones, Percy! No he visto todo el video, pero me parecen interesantes los fragmentos que he podido ver, aunque discrepe en algunos puntos. Por ejemplo, la convalidación siempre depende de la voluntad de las partes. La convalidación por el transcurso del plazo de prescripción necesariamente implica que el afectado pudo peticionar la anulación, pero nunca lo hizo. Hay una voluntad "tácita". En fin, adelante!!
@milortegaq
5 жыл бұрын
Dr. Percy felicitaciones por la excelente cátedra.
@berthavioletaesquicheleon6904
9 жыл бұрын
Muchas gracias por hacer público esta información. Felicitaciones.
@leonorpena3644
3 жыл бұрын
Me encanta esta charla, entiendo lo que explica!
@marioalvarez1869
9 жыл бұрын
gracias por compartir sus valiosos conocimientos a nuestros queridos profesores.
@shitpostyloquehaya106
8 жыл бұрын
Excelente material didáctico. Felicitaciones estimado doctor.
@ppnaka
9 жыл бұрын
FELICITACIONES DR. PERCY... ES USTED BASTANTE ILUSTRATIVO Y PRÁCTICO EN SUS CLASES... DESDE ESTA TRIBUNA RECIBA MI RECONOCIMIENTO....
@joshuaseput2765
9 жыл бұрын
+Percy Santos quisiera saber donde lo puedo contactar dr por favor ya que quisiera hacerle una consulta
@joshuaseput2765
9 жыл бұрын
Y yo estoy como joshua seput es el nombre de mi hijo perdon pero mi nombre es johana ok gracias por responderme
@testasesforzando
8 жыл бұрын
MUCHAS GRACIAS POR EL VALIOSO APORTE, DIOS LOS BENDIGA
@abrilrodriguez8111
5 жыл бұрын
Minuto 1:30:00 Planteamiento de un ejercicio del tema de Acción Pauliana.
@karinalanz6382
4 жыл бұрын
Muy buena explicacion lo felicito dr.
@guillermocama9077
7 жыл бұрын
practico DIDACTICO para que entienda HASTA EL MAS NEOFITO - GRACIAS MAGNA LAW INSTITUTE
@jorgedelsolar6353
9 жыл бұрын
Estimado Dr. Percy Santos Un gusto conocerlo Felicitarlo por la clase, ha sido muy satisfactoria y entendible. Muchas Gracias
@kardelp1
9 жыл бұрын
***** Dr. buenas tardes, como podría contactarlo para hacer una consulta legal con respecto a la nulidad de acto jurídico.
@mscangelg
7 жыл бұрын
Excelente presentación estimado Dr. ; Saludos desde Santa Cruz de la Sierra - Bolivia
@avrilcastroponte2065
3 жыл бұрын
excelente clase muy bien gracias
@alegriavillanuevaabogados9162
9 жыл бұрын
Muy buena clases, didáctico y practico.
@carlogiovannimendozadezar2801
9 жыл бұрын
buen tema, este tema es muy importante para los actos jurídicos
@abrilrodriguez8111
5 жыл бұрын
Minuto 1:07:00 Resumen de los temas expuestos en la ponencia 👍😉.
@marcusurietarias5821
8 жыл бұрын
Disculpe la gran molestia, es el detalle de mi anterior pregunta, comienza así: 1. "A" le vende a través de UNA minuta de compraventa elevada a escritura publica, a los trabajadores de una empresa SEMA varios lotes de terreno a cada uno (firman sus dirigentes en calidad de representantes). En el contrato aparecen 40 terrenos, uno de ellos le corresponde al trabajador "B". AÑO 1975. 2. "B" nunca tomó posesión del bien. 3. "A" muere, por lo que su hijo al ver el terreno abandonado lo vende a "C". AÑO 1992 4. "C" toma posesion en 1992 porque como dije B nunca tomó posesion. 5. En 1997, "B" se entera que alguien se metio en su terreno por lo que busca al hijo de "A" para que le otorgue escritura publica. Esto a manera de "perfeccionar" la anterior escritura publica de 1975 que como mencioné contenia una sola minuta de compraventa "masiva", se le daba a cada uno de los varios trabajadores un lote de terreno. 6."B" consigue que el hijo de "A" le otorgue la escritura publica en 1997. 7. Con esa escritura publica "A" interpone "demanda acumulativa de "NULIDAD DE ACTOS JURIDICOS, REIVINDICACIÓN E INDEMNIZACION POR DAÑOS Y PERJUICIOS": Nulidad contra C y contra el hijo de "A" sobre contrato de compraventa de 1992; reivindicacion contra "C" y una segunda nulidad de compromiso de PROMESA de venta contra "C" y contra los dirigentes de la asociacion santa elena, esto ultimo lo detallaré en el punto 9. 8. El Juez admite la demanda y al final declara fundada en parte sobre nulidad de actos juridicos y reivindicacion ordenando le restituya, INFUNDADO la indemnizacion por no haber probado. 9. Ahora, mencionaré la historia de "C". "C" es ingeniero e hizo una obra de alcantarillado para el barrio Santa Elena lugar donde está el terreno materia de litis. En contraprestacion y al ver abandonado el terreno, los dirigentes de dicha asociacion en asamblea deciden otorgar una minuta de PROMESA DE VENTA a "C" a sabiendas que no eran dueños. Al respecto encontré que en dicha promesa no aparece el MONTO en dicho contrato. 10. "C" parece que se entera que la Asociacion no era dueño del terreno por lo que trata de buscar al verdadero propietario, alguien le dice que el dueño es el hijo de "A". 11.El hijo de "A" le vende el terreno a "C" en 1992 romando posesion de inmediato el mismo año, pero lo cierto es que para entonces el hijo de "A" ya no era propietario 1992, sabiendo eso el hijo de "A" lo vendió. 12. En conclusion el hijo de "A" vendió terreno que no era de su propiedad a "C" en 1992 (supongo que pensando que el nuevo dueño no iba a aparecer nunca), pero en 1997 le otorga escritura publica a "B". PREGUNTAS: Sobre punto 1. 1.1. Ese contrato de compraventa masivo ¿es correcto o genera algún problema? 1.2. Por qué si "B" ya teniendo un documento publico de "compraventa masivo", pide al hijo de "A" le otorgue escritura publica? 1.3. ¿esa escritura de compraventa masiva es imperfecto? 1.4 ¿hubiera sido mejor tramitar titulo supletorio en proceso abreviado para perfeccionar la anterior escritura? Sobre 7.- 7.1. está bien la pretension de "B"? 7.2. Cómo debio plantear la demanda? 7.3. Hay acumulación indebida de pretensiones? 7.4 ¿calificó bien el juez la demanda? 7.5. EL juez debio declarar improcedente por indebida acumulacion? 7.6. El juez en su sentencia al percartarse de una indebida acumulación podría modificar la pretension? 7.7. O es que esto da lugar una sentencia inhibitoria? sobre 9.- 9.1. es correcto haber pedido acumulativamente la nulidad de la promesa de venta contra "C" y los dirigentes de la asociacion 9.2. acoradado en asamblea? 9.3 ¿se puede pedir la nulidad de esa promesa de venta teniendo en cuenta que en dicho documento no aparece el monto? 9.4. ¿debio seguirse en otro proceso aparte de ser el caso? 9.5. qué tipo de agravios pudo haber expresado el "C" para interponer su recurso de apelación? 9.6. La sala qué pudo hacer al respecto? GRACIAS DE ANTEMANO, sé que es muy complejo, y no sé si elegí bien mi expediente. DISCULPE QUITARLE MUCHO TIEMPO.
@michaeloblitasserrano6537
6 жыл бұрын
excelente tema
@naydaap
9 жыл бұрын
genial explicacion! :)
@grimaldosaturdinochongvasq1675
9 жыл бұрын
Excelente, muchas gracias
@druxfalcon1536
8 жыл бұрын
exelente . esto ha cambiado segun el acuerdo plenario sobre nulidad ???? o se mantiene ????
@BRENGHY
5 жыл бұрын
Deben de prohibir tragar en clases, que más se oye su empaque.
@joshuaseput2765
7 жыл бұрын
Dr buenos días mi tengo un juicio hace más de 4 años
@handemn
7 жыл бұрын
Explicas bien...... que pena que no seas mi profe :c (mañana tengo examen)
@hugoboss6920
7 жыл бұрын
ESTIMADO PERCY FELICITACIONES,,,TENDRÁS UN NUMERO PARA HACERTE UNA CONSULTA,,
@gustavovaldez9767
5 жыл бұрын
SÍ SÍ, PERO LA PRESCRIPCIÓN DEVIENE EN OBSTÁCULO PARA EJERCER LA ACCIÓN EN NULIDAD ABSOLUTA INTER PARTES. DE LO CONTRARIO , QUÉ INTERÉS Y OBJETO PRÁCTICO Y JURÍDICO COMO RAZÓN DE SER TENDRÍA LA PRESCRIPCIÓN DE LOS 10 AÑOS. ????
@shamirfranklinfernandezber8963
5 жыл бұрын
Minuto 1:56:00 La diferencia entre Resolución y Rescisión. 👍😉
@lidianunezdelavega8717
5 жыл бұрын
Algún doctor que necesite practicante, hago prácticas gratis
@victorhugohuamanpalomino4367
2 жыл бұрын
QUE FALTA DE EDUCACION DE LA FLACA QUE ESTA COMIENDO EN CLASE,LA BOLDA DE SUS BOCADITOS SE ESCUCHA GRAN PARTE DE LA CLASE,FALTA DE RESPETO AL MAESTRO
@gustavovaldez9767
6 жыл бұрын
UNA SUGERENCIA ES QUE USE MUCHOS EJEMPLOS PUES SIN MUCHOS EJEMPLOS PRÁCTICAMENTE NO SE ASIMILARÁ....TAL VEZ SE ENTIENDA Y HASTA LLEGUE A COMPRENDER PERO, NO SE ASIMILARÁ. PROFESOR; EMPLEE LOS EJEMPLOS MÁS COMPLICADOS O COMPLEJOS QUE PUDIERAN SALIR EN UN EXÁMEN Y ASÍ ME HAGO ENTENDER NI MÁS NI MENOS EN IN 100%. GRACIAS
@marcusurietarias5821
8 жыл бұрын
1.- Tengo un caso: A vende un inmueble de su propiedad a B (primera venta). 2.- B nunca tomó posesion pero es el nuevo propietario. 3.- Al morir "A" su hijo vende dicho inmueble a "C" porque B nunca tomó posesión y el terreno estaba abandonado, 4.- "C" toma posesion del bien ( es decir segunda venta), (me parece que estamos ante una venta de bien ajeno). El expediente que estoy estudiando el abogado de B (propietario) plantea demanda de NULIDAD DE ACTO JURIDICO, REIVINDICACION Y DAÑOS y PERJUICIOS. El juez declaró fundada en parte la nuliad de acto juridico y reivindicacion. PREGUNTAS: ¿cómo debio plantearse? ¿ debio declararlo improcedente desde el inicio? ¿si no se dio cuenta el juez debio corregir la pretension si se hubiera percatado que está mal planteado? Revisé jurisprudencia y la nulidad con la reivindicacion son incompatibles, y segun creo debio plantearse nada más que la REIVINDICACION. Gracias y darle el saludo cordial.
@percysantosapolinario1148
8 жыл бұрын
+Yuri Cahuana Estimado Yuri. Si B planteó la NULIDAD de la segunda venta, esta pretensión sería adecuada si tiene como probar que el Hijo de A y C, se coludieron para afectar a B (verdadero propietario). Es decir, que B compró sabiendo que el bien ya le pertenecía a B. Ello permitiría sostener que se ha configurado la causa de fin ilícito. Y como pretensión adicional, B sí podía solicitar la REIVINDICACIÓN, a fin de recuperar la posesión del bien. Más aún si ambas pretensiones se tramitan en el proceso de conocimiento. Sin embargo, si NO SE TENÍA COMO PROBAR EL FIN ILÍCITO, en los términos expuestos, NO CABE LA NULIDAD. De otro lado, descarto la posibilidad de RESCISIÓN POR OBLIGACIÓN DE VENTA DE BIEN AJENO (no veo que se configuren los requisitos de dicha causal, estas son: a) Que el vendedor se haya obligado a vender un bien ajeno, b) Que el comprador no haya sabido que el bien sea ajeno, c) Que el vendedor no se hubiera identificado como propietario -provocando error/sino sería anulable, y d) Que la fecha de celebración de contrato y fecha de ejecución debieron ser distintos. Más aún, la legitimidad activa en la rescisión por obligación de venta de bien ajeno, le corresponde al comprador, en este caso, a C, y no a B. Por estas razones, descarto la RESCISIÓN. Creo que la solución a favor de B iría por las reglas de concurrencia de acreedor, para hacer prevalecer la 2do orden de prelación, demostrando que C si bien inscribió su derecho, lo hizo actuando de mala fe. Y en este caso es irrelevante que el bien hubiera sido vendido por el padre en un primer momento, y luego por el hijo en un segundo momento, deben entenderse que el supuesto permanece dentro de la concurrencia de acreedores (mejor derecho de propiedad). Y si B no tiene como ganar en la vía de mejor derecho de propiedad, le quedaría la indemnización por incumplimiento de contrato frente al hijo, quien asumió el pasivo de su papá, quien no cumplió con su obligación de transferirle y perfeccionar la propiedad en favor de B. Espero haber contribuido en tu caso. Saludos.
@marcusurietarias5821
8 жыл бұрын
Gracias. Me dio buenos alcances.
@naomiginelvifernandezdegla2083
5 жыл бұрын
De qué universidad es ?
@percysantosapolinario1148
2 жыл бұрын
UNFV
@Azulina_a
8 жыл бұрын
De que país es este video??? :/ (PD: espero responder así en mi examen de grado ;-;)
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