Jajajajajajaja seeee, le hubieran dado de una vez la banda presidencial a doña hernias o a doña chicles jajajaja no cabe duda de que un pndjo siempre encuentra a alguien aún más pndjo que lo sigue jajajajaja
@DraCarolinaGonzalez-lr5yn
8 сағат бұрын
Es muy triste lo que esta sucediendo
@bonifaciosanchez6564
14 сағат бұрын
Dr. Carbonell, excelente abogado de la derecha.
@fabiancastro-qu3vl
6 сағат бұрын
Jajaja pobre jodido
@romanestebanhernandezvelaz9812
16 сағат бұрын
Dr Carbonell, gracias por tan clara explicación.
@bonifaciosanchez6564
14 сағат бұрын
Contra la reforma no procede el Juicio de amparo.
@josemanueldealba5344
14 сағат бұрын
Excelente mi estimado Dr
@ElviraEncinas-i3g
6 сағат бұрын
Todo desde que entró 4 t es una farsa.
@perlajasso1955
12 сағат бұрын
Excelente explicación Maestro,
@vicpolitica911
15 сағат бұрын
Excelente
@1972197271
14 сағат бұрын
Lo bueno que es solo su opinión Dr. Carbonell me imagino que usted va encabezar dicha azaña, suerte, en mi humilde opinión esto es una transformación profunda que no debe detenerse, pero son nuestras opiniones personales, solo eso.
@perladianacastrohernandez
13 сағат бұрын
Gracias Carbonell
@fabiancastro-qu3vl
6 сағат бұрын
Pobre jodida jajaja
@olgud.manega
15 сағат бұрын
no es natural que la parte "agraviada por una acto de autoridad" sea tambien la parte juzgadora. Dejemos de victimizar a los pobresitos jueces con su salarios millonarios y fideicomisos exhorbitantes en el caso de los que son "buenos" a los corruptos todavia tiene que sumarles lo que les pagan los criminales por otorgarles ese amparo que necesitan para escapar de la justicia, al cabo siempre podran culpar a las fiscalias.
@vicpolitica911
15 сағат бұрын
Es que de nada de lo que dices hay pruebas ,solo evidencia anecdótica (sesgadas) ,ningún juez gana millones en quincena ,a ningún juez o magistrado se le proceso por algo este sexsesnio. Básicamente tu dicho es mera opinión infundada
@JuanPerez-jx6ky
14 сағат бұрын
@@vicpolitica911 Por favor, solo es cosa de ver el informe de Mexicanos VS la corrupción (organización que le cae muy bien a los opositores) para ver la podredumbre del PJ, hay un juez que tiene a la ex y a la esposa actual trabajando para él, además de varios parientes. El PJ costo 84,000,000,000 de pesos este 2024, los magistrados se gastaron 72,000,000 en puros restaurantes, qué más pruebas quieres? Por cierto se suspendió al juez que protegía a Cabeza de Vaca al cual hasta le quería regresar una candidatura.
@josefrancisconietoalcala2460
14 сағат бұрын
No es natural, es una situación de necesidad, ya se ha hecho en otros países hace mucho. Si todos tenemos sueldos millonarios cómo es que no tenemos tantas propiedades como Barlette o Monreal, puedes revisar nuestras declaraciones patrimoniales.
@olgud.manega
13 сағат бұрын
@@vicpolitica911 OK, usemos el raciocinio entonces: el hecho de que ningún juez haya sido procesado es prueba de que ¿de que el poder judicial es un organismo incorruptible compuesto de ángeles? o ¿es una organización endogámica constituida en el nepotismo donde "una mano lava la otra"? por favor compártenos tu opinión fundada.
@esperanzafuentes5718
13 сағат бұрын
Los salarios impresos en sus recibos no reflejan millones, no comentes tonterías se realista, las cosas claras, no eches a volar tu imaginación.
@boccozen3974
11 сағат бұрын
Porqué NO puede ser impugnada: 1. Hay interés de los juzgadores 2. El poder judicial NO está por encima de la Constitución 3. Hoy el poder judicial carece de autonomía, sirve a intereses particulares 4. La misma ley prevé la NO intervención del poder judicial Alentar su impugnación es vulnerar la voluntad de la mayoría y defender intereses de unos cuantos.
@guillermoalfaro8259
6 сағат бұрын
5. Te resuelven el recurso dentro de nueve meses, y 6. Posiblemente más tiempo, porque los señores están en paro con sueldo, desde luego.
@JuanAntonioJuarezMartinez-w2k
5 сағат бұрын
Lamento decirte que si.....
@adrianlopezgarcia1627
4 сағат бұрын
@@guillermoalfaro8259 y tu crees que la nueva reforma, reforma lo necesario? Su objeto es desvinculante con la justicia pronta y expedita, asi conmo su falta de pragmatismo con la eleccion de jueces, es un proceso basura que no beneficia nada, sino empeora
@adrianlopezgarcia1627
4 сағат бұрын
Teóricamente si puede, en la realidad práctica ya es otro tema. No esta por encima de la CPEUM pero tiene recursos como la accion de inconstitucionalidad. La autonomia se pierde objetivamente con la reforma, lo cual es inherentemente malo. Si puede intervenir. Alentar su impugnacion es ahorrarnos la peor gestion jurisdiccional que veremos en un futuro. La democracia no es aplicable para el PJ por naturaleza teorica y práctica. La democracia aun asi, es contraria a lo pragmatico cuando aglutinas la manipulacion mediatica de la politica, población polarizada, falta de conocimiento y pobreza. Asi que no hay mucha certeza que digamos respecto al beneficio practico dimanante de la democracia. Con esto quiero decir que estoy de acuerdo con una reforma, pero no esta que pareciera ser hecha por un niño de primaria
@edgardobonilla4838
25 минут бұрын
@@adrianlopezgarcia1627 Y tú crees que la justicia es pronta y expedita jajajajajajajajajajaja haznos un favor NO te reproduzcas
@refugiodelacruz4387
4 сағат бұрын
Señor lo felicito por su excelente explicación habemos y casi todos los mexicanos hablamos tonterías de la reforma que si que no pero no sabemos nada se valen todos los recursos adelante y muchas gracias
@Alsesabc
11 сағат бұрын
CONTRA LA DICTADURA, UNA REVOLUCIÓN….
@alejandrocastellanos6600
15 сағат бұрын
Juez y parte, que conveniente, si les conviene lo dejan y si no lo impugnan por todos los medios, mismos que están a su real y soberano criterio, no confundan independencia y autonomía con hacer su conveniencia no la del pueblo o que aquí la ley es sobre especial?
@JuanPerez-jx6ky
14 сағат бұрын
Es curioso que para estas reformas resulta que se necesita una revolución, pero cuando se hicieron reformas entreguistas como la energética que cedía la energía a intereses particulares no era necesaria la revolución.
@esperanzafuentes5718
13 сағат бұрын
El pueblo en su mayoría no sabe de Derecho, ni siquiera conoce lo mínimo de la constitución que vienen siendo lo que dicta los primeros 29 artículos, y es obligación de todo ciudadano conocer sus derechos y obligaciones. Triste pero así está la sociedad mexicana, vive en la ignorancia y desconocimiento de las leyes.
@joelmanriquezdiaz4802
6 сағат бұрын
@@esperanzafuentes5718 no será mas acertado decir que se mantuvo al pueblo ignorante por conveniencia? Ese es un factor determinante para poder imponer la voluntad de pocos a la del pueblo, para dar discursos como el del dr carbonell que pretenden defender intereses particulares a toda costa y pensar que yo tenía al dr como un ejemplo en la materia, pero asi ocurre, idolos con pies de barro
@cattbrunette8990
6 сағат бұрын
El Pueblo es ignorante por multifactores. Pero en su mayoría, por voluntad propia.
@joelmanriquezdiaz4802
6 сағат бұрын
@@cattbrunette8990 a qué edad tuviste conocimiento suficiente sobre la materia? Porque tal parece que tú y algunos cuantos por aquí, tuvieron conocimiento pleno desde siempre...
@robertodominance547
15 сағат бұрын
Viva Amlo que se Aplaquen los Jueces Corruptos.
@alfredoalfredo6820
Сағат бұрын
Así es que se impugne, de todas maneras la resolución dirá: NO PROCEDE
@heliahernandezalis5301
3 сағат бұрын
Gracias Dr
@azaelflores6791
2 сағат бұрын
CLARO QUE PUEDEN IMPUGNAR!! PERO NADA SE PUEDE LOGRAR ,SOLO EL PUEBLO, PUEDE REVERTIR LA REFORMA!!!
@davidwallsgarcia
14 сағат бұрын
El problema es que a la 4t no le importa que tan bien argumentado este, con tan solo escuchar el modelo de pensamiento de su máximo líder acerca de lo que es la abogacía es fácil entender a mi parecer , la clase personas con las que estamos tratando, es el problema de tener legisladores que no tienen la mas mínima idea de lo que es el derecho y mucho menos saben del derecho constitucional en su gran mayoría , es triste pero es con lo que nos va tocar lidiar un buen rato, siento ser tan pesimista , pero todos votaron así porque el retroceso jurídico les conviene .
@basketball2373
12 сағат бұрын
Ese es tu problema, que ustedes abogados piensan que saben todo sobre derecho y nadie les puede refutar nada. Pero esto es una democracia, la cual el pueblo manda y no los abogados. Ustedes los licenciados en derecho junto con el poder judicial de la federacion que presumen de veinte mil especialidades, son un rotundo fracaso para dar justicia a las personas. Nada mas observa el nivel de impunidad que hay en el pais, y no vayas a salir como otros abogados, que pasan la pelotita diciendo que es culpa de otros, o del presidente nomas. Asi que necesita una sacudida este sistema podrido que hay y te lo esta diciendo la gente que son los que mandan. Son un rotundo fracaso en todo. Y todavia defender los sueldos estupidamentes altos que hay de ministros, ganan mas aqui, que en otros paises y sin dar resultados.
@juancarlosfranyuttireich9410
6 сағат бұрын
@@basketball2373soy abogado, sin embargo estoy de acuerdo contigo. El pueblo manda.
@gerardodeco75
8 сағат бұрын
Para ir a la corte interamericana, existen excepciones para agotar los recursos internos, lo que se actualiza con la reforma, solo jueces y Magistrados irán ante la corte idh y buscaran una indemnización, esto ya fue maestro Carbonell
@ramonarias2593
13 сағат бұрын
La reforma en si no violenta derechos humanos, pero si toca los privilegios. Los servidores públicos como tales no gozan de la prerrogativa de la estabilidad laboral es algo que la misma corte ha sostenido.
@JuanPerez-jx6ky
8 сағат бұрын
Pero atenta contra los derechos humanos de la población, ahora ya no tendremos el derecho de que los jueces sean familiares o que compren el examen para acceder a su cargo, aparte de que viola nuestro derecho de pagarles más que al presidente y seguirles pagando cuando se retiren.
@rubenbenavides208
Сағат бұрын
@@JuanPerez-jx6ky😂😂😂 muy cierto, debemos sentirnos agraviados
@gemanycordova3912
5 сағат бұрын
Algunos jueces ya empezaron hacer campaña.
@CesarAnton
4 сағат бұрын
Bien explicado, gracias Una reforma llena de prepotencia e ignorancia.
@JulioPerez-ob6qm
13 сағат бұрын
No puedo creer lo que estoy escuchando, y luego por parte de usted.
@calezerochess
3 сағат бұрын
Exacto que se turne a un tribunal colegiado para que se examine con "rigor" y yo creo que en un plazo de 5 siglos dictarán una resolución
@adrianalopez1098
5 сағат бұрын
La División de Poderes debe de Seguir No podemos permitir tanto Abuso No es Correcto 😮 No se debe permitir
@JoserobertoTorres-ec1lf
5 сағат бұрын
Tu libertad no está en juego. Norma piña si esta jugando con fuego.
@crishutyhernandez1009
15 сағат бұрын
Lo sentimos mucho (aunque les duela) la reforma se aplicará no hay forma de detenerlo
@vicpolitica911
15 сағат бұрын
Lo sentimos mucho pero hay fundamento legal para anularla claramente afecta la división de poderes 🤷
@JuanPerez-jx6ky
14 сағат бұрын
@@vicpolitica911 Explica como afecta la división de poderes
@vicpolitica911
14 сағат бұрын
@@JuanPerez-jx6ky en su artículo 96. Que poderes integrarán a los candidatos a jueces y magistrados y ministros? Para que lo entiendas es como si para el gabinete presidencial , el legislativos y el judicial pudieran designar perfiles
@josefrancisconietoalcala2460
14 сағат бұрын
@@JuanPerez-jx6ky muy sencillo, el Ejecutivo y el Legislativo (que obedece al primero) ordenaron correr a todos los integrantes del Judicial. Sólo podrán ser jueces y con menos derechos los que ellos pongan en las boletas. No te parece claro? Ahora todos deben obedecer al mismo partido.
@josefrancisconietoalcala2460
14 сағат бұрын
Más lo van a sentir ustedes, ya no habrá forma de detener a la dictadura. Ya la Guardia Nacional está en manos del Ejército y viene la iniciativa para desarmar a la población. Solo el Ejército y la delincuencia organizada estarán armados. Los ciudadanos en medio e indefensos.
@miguelangelespinoza9166
6 сағат бұрын
Ya está en la carta magna
@M.CornejoAsocs
4 сағат бұрын
Jajajaja jueces a legislar, no mencionar ni por accidente la facultad del pueblo para elegir su forma de gobierno, la corte interamericana como elemento de validez del proceso legislativo, "detener" la reforma siendo que ya está publicada. Por eso la oposición no gana una sola elección, más humildad y ejercicio autocrítico o seguirán siendo aplanados en las cámaras.
@cpgarciad14
4 сағат бұрын
Buen mensaje Miguel, creo que van a hacer una revisión rápida por la cantidad de dinero implicado en inversiones existentes y futuras, así como la cercanía geográfica de ambos países y los problemas migratorios que comparten.
@oscarb623
3 сағат бұрын
En México el poder lo tiene el pueblo.......está en la constitución que pides violar, no la tiene un primer ministro, ni el poder judicial, ni el legislativo, ni el ejecutivo....ya despertamos y lo hacemos valer con nuestro voto. Autonomía si, es muy diferente...no se requiere ser tan ignorante para entenderlo. Ni modo que la SCJ haga las leyes.....un pequeño ejemplo: No respetan los salarios que ostentan, ganan mas que el presidente....nada por encima de la ley.....así o mas claro? Ya basta de abusos e injusticias
12 сағат бұрын
Pataletas 😂
@pedrozamudio3929
4 сағат бұрын
No soy abogado. Lo que si se es que la alta burocracia del poder judicial no se puede seguir embolsando tanto dinero a costa del resto de los mexicanos que pagamos impuestos. La eficiencia no se les da a los señores de la corte. La reforma es un buen ejercicio para empezar a cambiar las cosas en materia de justicia para los ciudadanos en general.
@HoracioCruz-b3m
2 сағат бұрын
Y porque eso no dijeron nada con la reforma de cedillo
@SwinzLive
3 сағат бұрын
El poder reformador de la Constitución es una institución jurídico-política que permite reformar y adicionar la Constitución. Es un poder inherente al pueblo y un atributo de la soberanía. El poder reformador actúa cuando no hay cambios políticos o sociales profundos, crisis políticas o institucionales, y permite adecuaciones de la Constitución manteniendo su continuidad e identidad. La modificación sustancial de la Constitución debe ser el producto de un acuerdo que abarque un amplio espectro político. TODO LO DEMÁS ES LEGULEÑO es ud un buen jurista que POR DESGRACIA ahora no le asiste la razón.
@honoriomendez5607
6 сағат бұрын
En caso de que el PJF aceptará a trámite las acciones contra la reforma judicial ¿No considera que tendríamos de vuelta el supremo poder conservador, ya que estaría por encima de los otros dos poderes e incluso del poder constituyente, o constituido como lo sostiene?
@jesuscortes953
15 сағат бұрын
Totalmente de acuerdo y no solo eso,se tiene que quitar la sobre representación y si se puede hacer algo para revertir las votaciones o al menos anularla
@xav3937
13 сағат бұрын
Cual sobre representacion? por cierto la ley de amparo en el art 61 te lo deja claro
@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF
11 сағат бұрын
@@xav3937 *Poder Constituyente Originario* Este poder surge, una sola ocasión para crear la *primera Constitución* y *establece* su *forma* de *Gobierno*, y en ocasiones es el fundador de una *nueva legitimidad*, si obra por *vía revolucionaria*. La Constitución General en su Artículo 39. dice lo siguiente: La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. *El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno*. *El Pueblo y su Derecho de Alterar su Forma de Gobierno* Esto quiere decir que el pueblo es el único que tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su Gobierno. *Por tanto, los poderes constituidos quedan excluidos para alterar la esencia fundamental de la Constitución Federal que altere su correcto funcionamiento, ya que esto puede afectar el sistema de Gobierno establecido en una República representativa, democrática, laica y federal*. *¿Qué es el Poder Secundario o Derivado?* No obstante, ya que la vida misma y el derecho necesitan adecuarse al tiempo en que los cambios y reformas son indispensables para su calidad social, el constituyente originario instituyo un poder reformador conocido como el Constituyente Permanente. *Este es el Congreso de la Unión, el cual se divide en dos Cámaras, una de ellas es la de diputados y otra de los senadores*. (art. 50 capítulo II, del poder legislativo, CPEUM) *Límites al Poder Secundario o Derivado* *El poder reformador tiene una competencia jurídica normada y limitada*, la cual le impide tener la potestad de creación de cambios esencialmente contrarios e innecesarios para cambiarla en su estructura básica* dividida en dos la primera la dogmática y la segunda orgánica, _que como resultado afecten la propia Carta Magna._ *(Derechos, Garantías, Principios, Obligaciones y Deberes)* _De ahí resulta que está impedida para transformarla sin la exacta observancia de mantener la esencia Constitucional Originaria; convirtiéndose en un Poder Conservador, No constituyente._ *El Único Poder Constituyente Originario es el Pueblo* Por consiguiente, el _único_ _titular_ con _esencia_ _intransferible_, _inalienable_ y *soberano es el pueblo* quien no puede delegar su poder en otro, ya que si fuera traspasable perdería su esencia y dejaría de ser soberano. *Entonces resulta que el pueblo cede un fragmento de su libertad a través de los poderes constituidos, en forma de un documento al que llamamos Carta Magna, la cual se instituyo para beneficio de todos*. *¿Quiénes son los Poderes Constituidos?* Los poderes constituidos son aquellos que forman el equilibrio de Gobierno, con funciones diversas, ni uno debe estar por encima de otro, pues esto vulnera la División de Poderes. *Poder Legislativo* *Poder Ejecutivo* *Poder Judicial* *Límites al Gobierno* • *Límites a los Poderes Constituidos, dicho de otra manera, son aquellas afectaciones que hagan a los derechos humanos y sus garantías para su protección, las cuales son esenciales para colocar topes al poder.* • *Los probables escenarios son reformas que disminuyan tus derechos y con esto haya una regresividad en derechos adquiridos.* • *Justicia, Educación, Armas de Fuego, Salud, Seguridad Pública, Garantía de Audiencia, Legalidad, Irretroactividad de la ley, Entre otros más.* *Te gustaría que volviera la pena de muerte a México, aun sabiendo que la justicia puede cometer errores y castigar a un inocente con pena capital, sin el debido proceso.* *Poder Originario Constituyente* Historia (Los cambios de régimen solo se logran con revoluciones de ahí nace el Poder Originario Constituyente). *Lealtad a la Constitución General* Que panorama nos espera si alguno de los poderes no respeta el orden Constitucional Mexicano, como diría el Presidente _Lic. Benito Pablo Juárez García_ *"Nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho"* Hoy el Poder Legislativo y Ejecutivo, buscan a través de la fuerza imponer sus reformas, aunque estas vayan en contra de la Constitución General, es así como se vulnera la esencia de esta. Esto resulta de realizar cambios que no armonizan entre sí, y son contrarios a diversas disposiciones de la Constitución General y Tratados Internacionales. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* El Poder Judicial debe ser independiente ya que de esto depende que se respete las Norma Suprema. *Y se evite que tus derechos y libertades sean puestas en peligro por personas que busquen su propio beneficio partidario, poniendo en duda su imparcialidad, aprobando reformas y leyes que se alejen del espíritu del Constituyente Originario.* *Lealtad a la Constitución General.* La única lealtad que debe prevalecer es hacia la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, No debe alegarse obediencia o cualquier otra forma de interpretación para hacer o dejar de hacer algo que implique una merma en las funciones públicas, como lo es la prestación del servicio público, salvo causas de fuerza mayor, debe ser una obligación desobedecer ordenes contrarias que vayan en perjuicio de las funciones que tengan encomendadas dentro del marco de sus atribuciones, debiendo rendir su informe de ley sobre aquellas que rebasen su competencia. *Muchos servidores públicos pueden alegar obediencia a los altos cargos* Protestas y Movimiento Social, Masacre de 1968 (Ejecutivo) 43 desaparecidos Caso Ayotzinapa 2014 (Ejecutivo) 42 Civiles masacre de presuntos integrantes del cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) ocurrida en un rancho de Tanhuato, Michoacán, en mayo de 2015. (Ejecutivo) *La Armonización Jurídica entre artículos y principios constitucionales, solo mencionare algunos fragmentos.* *CPEUM* Articulo 1. párrafo primero, Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma. Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* *No elijas personas Serviles y con Ideologías Partidistas.* *Que estén quebradas en su imparcialidad.*
@rubenbenavides208
Сағат бұрын
Qué curioso que sea inconvencional 😂😂😂 y aún más curioso que intereses extranjeros digan lo que todo un pueblo, que siguiendo precisas reglas jurídicas, debe de hacer porque según la minoría dice que está mal, cuando esa misma minoría impuso las leyes que ahora dice la minoría están mal. Este dr. Carbonell aún con muchos estudios y libros escritos no deja de ser un merolico de sus minoritarios pero poderosos amos.
@joseluism8773
4 сағат бұрын
ninguno de los argumentos que diste fue jurídico, "ni modo que no..." "yo creo..."
@juanmanuelvalenzuelaruiz2188
3 сағат бұрын
Dr. Una preguna. Que no ya se rebiso la reforma ? Por eso el DOF la punblico. Salidos desde Xkapa, Ver.
@charly0527
6 сағат бұрын
Me dejó muchas dudas maestro. Si la corte interamericana de derechos humanos tardará años en resolver la impugnacion, que pasará mientras tanto? Ya para entonces nuestro sistema judicial estará despedazado no?
@fento6921
4 сағат бұрын
1.- No se puede ser juez y parte , como lo hace el poder judicial , los mismos jueces promueven amparos y quieren ser los mismos que juzguen. 2.- la constitución dice que no proceden los amparos sobre una reforma constitucional 3.- se necesita un mínimo del 30 % de legisladores para que pidan una anticonstitucionalidad sobre esta reforma, lo cual no tienen. Te lo explico con piedritas?
@gabrielbritz5155
4 сағат бұрын
Pero aqui esta la chamba como un poder constituido como el poder judicial puede cambiar a un poder constituyente que tiene mayor grado de representacion caso Fayt
@JoseRubenTapia
6 сағат бұрын
Dr. Será posible lo que escucho ??? No puede ser analizada por tribunales hay interesa de por medio. El chayote es el chayote.
@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF
11 сағат бұрын
*Poder Constituyente Originario* Este poder surge, una sola ocasión para crear la *primera Constitución* y *establece* su *forma* de *Gobierno*, y en ocasiones es el fundador de una *nueva legitimidad*, si obra por *vía revolucionaria*. La Constitución General en su Artículo 39. dice lo siguiente: La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. *El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno*. *El Pueblo y su Derecho de Alterar su Forma de Gobierno* Esto quiere decir que el pueblo es el único que tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su Gobierno. *Por tanto, los poderes constituidos quedan excluidos para alterar la esencia fundamental de la Constitución Federal que altere su correcto funcionamiento, ya que esto puede afectar el sistema de Gobierno establecido en una República representativa, democrática, laica y federal*. *¿Qué es el Poder Secundario o Derivado?* No obstante, ya que la vida misma y el derecho necesitan adecuarse al tiempo en que los cambios y reformas son indispensables para su calidad social, el constituyente originario instituyo un poder reformador conocido como el Constituyente Permanente. *Este es el Congreso de la Unión, el cual se divide en dos Cámaras, una de ellas es la de diputados y otra de los senadores*. (art. 50 capítulo II, del poder legislativo, CPEUM) *Límites al Poder Secundario o Derivado* *El poder reformador tiene una competencia jurídica normada y limitada*, la cual le impide tener la potestad de creación de cambios esencialmente contrarios e innecesarios para cambiarla en su estructura básica* dividida en dos la primera la dogmática y la segunda orgánica, _que como resultado afecten la propia Carta Magna._ *(Derechos, Garantías, Principios, Obligaciones y Deberes)* _De ahí resulta que está impedida para transformarla sin la exacta observancia de mantener la esencia Constitucional Originaria; convirtiéndose en un Poder Conservador, No constituyente._ *El Único Poder Constituyente Originario es el Pueblo* Por consiguiente, el _único_ _titular_ con _esencia_ _intransferible_, _inalienable_ y *soberano es el pueblo* quien no puede delegar su poder en otro, ya que si fuera traspasable perdería su esencia y dejaría de ser soberano. *Entonces resulta que el pueblo cede un fragmento de su libertad a través de los poderes constituidos, en forma de un documento al que llamamos Carta Magna, la cual se instituyo para beneficio de todos*. *¿Quiénes son los Poderes Constituidos?* Los poderes constituidos son aquellos que forman el equilibrio de Gobierno, con funciones diversas, ni uno debe estar por encima de otro, pues esto vulnera la División de Poderes. *Poder Legislativo* *Poder Ejecutivo* *Poder Judicial* *Límites al Gobierno* • *Límites a los Poderes Constituidos, dicho de otra manera, son aquellas afectaciones que hagan a los derechos humanos y sus garantías para su protección, las cuales son esenciales para colocar topes al poder.* • *Los probables escenarios son reformas que disminuyan tus derechos y con esto haya una regresividad en derechos adquiridos.* • *Justicia, Educación, Armas de Fuego, Salud, Seguridad Pública, Garantía de Audiencia, Legalidad, Irretroactividad de la ley, Entre otros más.* *Te gustaría que volviera la pena de muerte a México, aun sabiendo que la justicia puede cometer errores y castigar a un inocente con pena capital, sin el debido proceso.* *Poder Originario Constituyente* Historia (Los cambios de régimen solo se logran con revoluciones de ahí nace el Poder Originario Constituyente). *Lealtad a la Constitución General* Que panorama nos espera si alguno de los poderes no respeta el orden Constitucional Mexicano, como diría el Presidente _Lic. Benito Pablo Juárez García_ *"Nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho"* Hoy el Poder Legislativo y Ejecutivo, buscan a través de la fuerza imponer sus reformas, aunque estas vayan en contra de la Constitución General, es así como se vulnera la esencia de esta. Esto resulta de realizar cambios que no armonizan entre sí, y son contrarios a diversas disposiciones de la Constitución General y Tratados Internacionales. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* El Poder Judicial debe ser independiente ya que de esto depende que se respete las Norma Suprema. *Y se evite que tus derechos y libertades sean puestas en peligro por personas que busquen su propio beneficio partidario, poniendo en duda su imparcialidad, aprobando reformas y leyes que se alejen del espíritu del Constituyente Originario.* *Lealtad a la Constitución General.* La única lealtad que debe prevalecer es hacia la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, No debe alegarse obediencia o cualquier otra forma de interpretación para hacer o dejar de hacer algo que implique una merma en las funciones públicas, como lo es la prestación del servicio público, salvo causas de fuerza mayor, debe ser una obligación desobedecer ordenes contrarias que vayan en perjuicio de las funciones que tengan encomendadas dentro del marco de sus atribuciones, debiendo rendir su informe de ley sobre aquellas que rebasen su competencia. *Muchos servidores públicos pueden alegar obediencia a los altos cargos* Protestas y Movimiento Social, Masacre de 1968 (Ejecutivo) 43 desaparecidos Caso Ayotzinapa 2014 (Ejecutivo) 42 Civiles masacre de presuntos integrantes del cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) ocurrida en un rancho de Tanhuato, Michoacán, en mayo de 2015. (Ejecutivo) *La Armonización Jurídica entre artículos y principios constitucionales, solo mencionare algunos fragmentos.* *CPEUM* Articulo 1. párrafo primero, Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma. Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* *No elijas personas Serviles y con Ideologías Partidistas.* *Que estén quebradas en su imparcialidad.*
@joelmanriquezdiaz4802
6 сағат бұрын
Es muy desalentador el ver como estás circunstancias han ido mostrando la verdadera cara de muchos, pero el Dr debe tener interés muy personales y más allá de la materia jurídica, porque no puede ser que no tenga presente la forma tan vil en que anteriores gobernantes modificaron la corte y no hubo pronunciamientos como ahora, antes los partidos PRI y PAN tenían mayorías y pasaban reformas constitucionales que atendían a intereses y negocios de empresarios (que siempre habían estado controlando a los políticos) pero ahí no había necesidad de hacer estos llamados, incluso me parece algo como el de la senadora del PAN que conmino al linchamiento, y no puedo dejar de mencionar cómo muchos siguen alabando al dr pero seguramente son alumnos de su escuela... no estará por ahí su verdadero interés. Ojalá fuera realmente imparcial Dr, pero así es la política y los intereses personales.
@patricioestrella7780
5 сағат бұрын
Pues que raro , porque todos todos los de morena eran del PRI, del PAN, PRD, si checas antecedentes, el sr que salió empezó en PRI, luego, PAN y fundó PRD, luego entonces también tuvo intervención en lo que dices 😂
@xav3937
13 сағат бұрын
No proceden los amparos, no puedes estar por encima de la ley, claro que no puede ser impugnada
@JuanPerez-jx6ky
8 сағат бұрын
Pero si ya hasta dijeron que quieren revisar la ley de amparo y que se derogue el articulo que habla de amparos y reformas a la constitución.
@xav3937
7 сағат бұрын
@@JuanPerez-jx6ky Ley de Amparo Art 61
@sallollin
13 сағат бұрын
No se puede porque la Ley de Amparo y las Leyes reglamentarias del artículo 105 no son o mejor dicho no deben ser un artefacto que va en contra de la propia constitución, Y NO OPERAN LOS CONTROLES CONSTITUCIONALES CONTRA LA PROPIA REFORMA CONSTITUCIONAL, y bien lo dijiste en un Estado Constitucional pero NO PUEDE SER IMPUGNADA si no se hubieran impugnado muchísimas reformas Constitucionales.... me sorprende Dr Carbonell, hay que poner atención en lo que habla Hans Kelsen.
@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF
11 сағат бұрын
*Poder Constituyente Originario* Este poder surge, una sola ocasión para crear la *primera Constitución* y *establece* su *forma* de *Gobierno*, y en ocasiones es el fundador de una *nueva legitimidad*, si obra por *vía revolucionaria*. La Constitución General en su Artículo 39. dice lo siguiente: La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. *El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno*. *El Pueblo y su Derecho de Alterar su Forma de Gobierno* Esto quiere decir que el pueblo es el único que tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su Gobierno. *Por tanto, los poderes constituidos quedan excluidos para alterar la esencia fundamental de la Constitución Federal que altere su correcto funcionamiento, ya que esto puede afectar el sistema de Gobierno establecido en una República representativa, democrática, laica y federal*. *¿Qué es el Poder Secundario o Derivado?* No obstante, ya que la vida misma y el derecho necesitan adecuarse al tiempo en que los cambios y reformas son indispensables para su calidad social, el constituyente originario instituyo un poder reformador conocido como el Constituyente Permanente. *Este es el Congreso de la Unión, el cual se divide en dos Cámaras, una de ellas es la de diputados y otra de los senadores*. (art. 50 capítulo II, del poder legislativo, CPEUM) *Límites al Poder Secundario o Derivado* *El poder reformador tiene una competencia jurídica normada y limitada*, la cual le impide tener la potestad de creación de cambios esencialmente contrarios e innecesarios para cambiarla en su estructura básica* dividida en dos la primera la dogmática y la segunda orgánica, _que como resultado afecten la propia Carta Magna._ *(Derechos, Garantías, Principios, Obligaciones y Deberes)* _De ahí resulta que está impedida para transformarla sin la exacta observancia de mantener la esencia Constitucional Originaria; convirtiéndose en un Poder Conservador, No constituyente._ *El Único Poder Constituyente Originario es el Pueblo* Por consiguiente, el _único_ _titular_ con _esencia_ _intransferible_, _inalienable_ y *soberano es el pueblo* quien no puede delegar su poder en otro, ya que si fuera traspasable perdería su esencia y dejaría de ser soberano. *Entonces resulta que el pueblo cede un fragmento de su libertad a través de los poderes constituidos, en forma de un documento al que llamamos Carta Magna, la cual se instituyo para beneficio de todos*. *¿Quiénes son los Poderes Constituidos?* Los poderes constituidos son aquellos que forman el equilibrio de Gobierno, con funciones diversas, ni uno debe estar por encima de otro, pues esto vulnera la División de Poderes. *Poder Legislativo* *Poder Ejecutivo* *Poder Judicial* *Límites al Gobierno* • *Límites a los Poderes Constituidos, dicho de otra manera, son aquellas afectaciones que hagan a los derechos humanos y sus garantías para su protección, las cuales son esenciales para colocar topes al poder.* • *Los probables escenarios son reformas que disminuyan tus derechos y con esto haya una regresividad en derechos adquiridos.* • *Justicia, Educación, Armas de Fuego, Salud, Seguridad Pública, Garantía de Audiencia, Legalidad, Irretroactividad de la ley, Entre otros más.* *Te gustaría que volviera la pena de muerte a México, aun sabiendo que la justicia puede cometer errores y castigar a un inocente con pena capital, sin el debido proceso.* *Poder Originario Constituyente* Historia (Los cambios de régimen solo se logran con revoluciones de ahí nace el Poder Originario Constituyente). *Lealtad a la Constitución General* Que panorama nos espera si alguno de los poderes no respeta el orden Constitucional Mexicano, como diría el Presidente _Lic. Benito Pablo Juárez García_ *"Nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho"* Hoy el Poder Legislativo y Ejecutivo, buscan a través de la fuerza imponer sus reformas, aunque estas vayan en contra de la Constitución General, es así como se vulnera la esencia de esta. Esto resulta de realizar cambios que no armonizan entre sí, y son contrarios a diversas disposiciones de la Constitución General y Tratados Internacionales. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* El Poder Judicial debe ser independiente ya que de esto depende que se respete las Norma Suprema. *Y se evite que tus derechos y libertades sean puestas en peligro por personas que busquen su propio beneficio partidario, poniendo en duda su imparcialidad, aprobando reformas y leyes que se alejen del espíritu del Constituyente Originario.* *Lealtad a la Constitución General.* La única lealtad que debe prevalecer es hacia la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, No debe alegarse obediencia o cualquier otra forma de interpretación para hacer o dejar de hacer algo que implique una merma en las funciones públicas, como lo es la prestación del servicio público, salvo causas de fuerza mayor, debe ser una obligación desobedecer ordenes contrarias que vayan en perjuicio de las funciones que tengan encomendadas dentro del marco de sus atribuciones, debiendo rendir su informe de ley sobre aquellas que rebasen su competencia. *Muchos servidores públicos pueden alegar obediencia a los altos cargos* Protestas y Movimiento Social, Masacre de 1968 (Ejecutivo) 43 desaparecidos Caso Ayotzinapa 2014 (Ejecutivo) 42 Civiles masacre de presuntos integrantes del cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) ocurrida en un rancho de Tanhuato, Michoacán, en mayo de 2015. (Ejecutivo) *La Armonización Jurídica entre artículos y principios constitucionales, solo mencionare algunos fragmentos.* *CPEUM* Articulo 1. párrafo primero, Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma. Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* *No elijas personas Serviles y con Ideologías Partidistas.* *Que estén quebradas en su imparcialidad.*
@alvarovv9216
12 сағат бұрын
El poder reformador, si asi gusta llamarlo, está antes que los tratados internacionales wue menciona. Art. 133 ... básico para cualquiera que no se arrastre a poderes supranacionales.
@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF
11 сағат бұрын
*Poder Constituyente Originario* Este poder surge, una sola ocasión para crear la *primera Constitución* y *establece* su *forma* de *Gobierno*, y en ocasiones es el fundador de una *nueva legitimidad*, si obra por *vía revolucionaria*. La Constitución General en su Artículo 39. dice lo siguiente: La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. *El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno*. *El Pueblo y su Derecho de Alterar su Forma de Gobierno* Esto quiere decir que el pueblo es el único que tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su Gobierno. *Por tanto, los poderes constituidos quedan excluidos para alterar la esencia fundamental de la Constitución Federal que altere su correcto funcionamiento, ya que esto puede afectar el sistema de Gobierno establecido en una República representativa, democrática, laica y federal*. *¿Qué es el Poder Secundario o Derivado?* No obstante, ya que la vida misma y el derecho necesitan adecuarse al tiempo en que los cambios y reformas son indispensables para su calidad social, el constituyente originario instituyo un poder reformador conocido como el Constituyente Permanente. *Este es el Congreso de la Unión, el cual se divide en dos Cámaras, una de ellas es la de diputados y otra de los senadores*. (art. 50 capítulo II, del poder legislativo, CPEUM) *Límites al Poder Secundario o Derivado* *El poder reformador tiene una competencia jurídica normada y limitada*, la cual le impide tener la potestad de creación de cambios esencialmente contrarios e innecesarios para cambiarla en su estructura básica* dividida en dos la primera la dogmática y la segunda orgánica, _que como resultado afecten la propia Carta Magna._ *(Derechos, Garantías, Principios, Obligaciones y Deberes)* _De ahí resulta que está impedida para transformarla sin la exacta observancia de mantener la esencia Constitucional Originaria; convirtiéndose en un Poder Conservador, No constituyente._ *El Único Poder Constituyente Originario es el Pueblo* Por consiguiente, el _único_ _titular_ con _esencia_ _intransferible_, _inalienable_ y *soberano es el pueblo* quien no puede delegar su poder en otro, ya que si fuera traspasable perdería su esencia y dejaría de ser soberano. *Entonces resulta que el pueblo cede un fragmento de su libertad a través de los poderes constituidos, en forma de un documento al que llamamos Carta Magna, la cual se instituyo para beneficio de todos*. *¿Quiénes son los Poderes Constituidos?* Los poderes constituidos son aquellos que forman el equilibrio de Gobierno, con funciones diversas, ni uno debe estar por encima de otro, pues esto vulnera la División de Poderes. *Poder Legislativo* *Poder Ejecutivo* *Poder Judicial* *Límites al Gobierno* • *Límites a los Poderes Constituidos, dicho de otra manera, son aquellas afectaciones que hagan a los derechos humanos y sus garantías para su protección, las cuales son esenciales para colocar topes al poder.* • *Los probables escenarios son reformas que disminuyan tus derechos y con esto haya una regresividad en derechos adquiridos.* • *Justicia, Educación, Armas de Fuego, Salud, Seguridad Pública, Garantía de Audiencia, Legalidad, Irretroactividad de la ley, Entre otros más.* *Te gustaría que volviera la pena de muerte a México, aun sabiendo que la justicia puede cometer errores y castigar a un inocente con pena capital, sin el debido proceso.* *Poder Originario Constituyente* Historia (Los cambios de régimen solo se logran con revoluciones de ahí nace el Poder Originario Constituyente). *Lealtad a la Constitución General* Que panorama nos espera si alguno de los poderes no respeta el orden Constitucional Mexicano, como diría el Presidente _Lic. Benito Pablo Juárez García_ *"Nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho"* Hoy el Poder Legislativo y Ejecutivo, buscan a través de la fuerza imponer sus reformas, aunque estas vayan en contra de la Constitución General, es así como se vulnera la esencia de esta. Esto resulta de realizar cambios que no armonizan entre sí, y son contrarios a diversas disposiciones de la Constitución General y Tratados Internacionales. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* El Poder Judicial debe ser independiente ya que de esto depende que se respete las Norma Suprema. *Y se evite que tus derechos y libertades sean puestas en peligro por personas que busquen su propio beneficio partidario, poniendo en duda su imparcialidad, aprobando reformas y leyes que se alejen del espíritu del Constituyente Originario.* *Lealtad a la Constitución General.* La única lealtad que debe prevalecer es hacia la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, No debe alegarse obediencia o cualquier otra forma de interpretación para hacer o dejar de hacer algo que implique una merma en las funciones públicas, como lo es la prestación del servicio público, salvo causas de fuerza mayor, debe ser una obligación desobedecer ordenes contrarias que vayan en perjuicio de las funciones que tengan encomendadas dentro del marco de sus atribuciones, debiendo rendir su informe de ley sobre aquellas que rebasen su competencia. *Muchos servidores públicos pueden alegar obediencia a los altos cargos* Protestas y Movimiento Social, Masacre de 1968 (Ejecutivo) 43 desaparecidos Caso Ayotzinapa 2014 (Ejecutivo) 42 Civiles masacre de presuntos integrantes del cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) ocurrida en un rancho de Tanhuato, Michoacán, en mayo de 2015. (Ejecutivo) *La Armonización Jurídica entre artículos y principios constitucionales, solo mencionare algunos fragmentos.* *CPEUM* Articulo 1. párrafo primero, Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma. Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* *No elijas personas Serviles y con Ideologías Partidistas.* *Que estén quebradas en su imparcialidad.*
@carloslugo5075
10 сағат бұрын
Para comenzar la construcción no admite amparos contra leyes constitucionales, solo por falta de procedimiento pero entonces, Quien. Dictaminara si esta reforma es buena o no? Pues los magistrado han declarado abiertamente qué están en descuerdo con la reforna. tu dices amigo que la suprema Corte y tribunales sean juez y parte? Donde estudiaste y aprendiste eso? Que interesante disertación prestame tu libro para que yo lea
@paulalejandromartinezacost9690
6 сағат бұрын
Uno de los pilares del actuar de un tribunal es la imparcialidad, lo que en el caso que usted comenta no existe, ergo, no puede ser analizada la reforma. La constitución reforma la forma en que se organiza el poder judicial, no menciona nada sobre como deben de resolver cada juzgador, la independencia judicial nada tiene que ver con una modificación a su forma de organización, habla sobre que es necesario el tiempo para analizar la reforma, lo hubo, se realizaron mesas de diálogo, siendo incluso que la reforma sufrió diversas modificaciones antes de su publicación, no doctor su análisis no es jurídico, da a entender cierta tendencia y por último hay que tomar en consideración que ya existe criterio previo qué establece que las reformas a la constitución no pueden ser modificadas a través del mecanismo del amparo, en todo caso, serian las leyes secundarias que dicha reforma emanan. Saludos
@FranciscoMontperz
6 сағат бұрын
Simplemente no van ya estan en la costitucion. Y no inventes no hay marcha atras.
@JoserobertoTorres-ec1lf
5 сағат бұрын
Un abogado pidiendo violar la ley. Excelente.
@gigi9291
15 сағат бұрын
Doctor, usted sabe muy bien que no existe medio de control constitucional para una reforma a la misma constitución, pues lo único que no puede declararse inconstitucional es la misma carta magna, no existe precedente, de hacerlo la corte, estarían violando el principio de legalidad, la separación de poderes y generando una crisis constitucional. El constituyente permanente sigue siendo el congreso de la unión, y un poder constituido como el poder judicial no puede asumir atribuciones para limitar o restringir a este. De existir vulneraciones a derechos laborales como alegan jueces, magistrados y ministros, primero tendrían que agotar el principio de definitividad, no otorgarse amparos con la mera intención de invalidar una reforma constitucional, esto es anticonstitucional. Tampoco podemos hablar de que hay una vulneración a la independencia del poder judicial, hay que entender que la independencia de éste recae en su función jurisdiccional, además no podríamos concebir un poder completamente independiente del soberano.
@vicpolitica911
15 сағат бұрын
Lo está explicando!!😮😮 ,el único poder que no se atiene a acciones de inconstitucionalidad es el constituyente (1917) el constituido(posteriores) puede y debe tener controles. Sino los limitan los superdiputados y supersenadores que tenemos podrían hacer ley cualquier cosa con el pretexto de su mayoría
@gigi9291
14 сағат бұрын
@@vicpolitica911el único medio de control se encuentra establecido en el 135 constitucional, es el medio que estableció el constituyente del 17, en concordancia con el artículo 39 constitucional.
@josefrancisconietoalcala2460
14 сағат бұрын
Lo que se declara inconstitucional es la reforma no la Constitución en si misma, como lo han hecho otros países. Además no se pueden violar derechos humanos de esa forma, ya hay precedentes internacionales. Pero sigan creyendo en el constitucionalismo bellaco del PRI del siglo pasado por el que volvieran a votar.
@vicpolitica911
14 сағат бұрын
@@gigi9291 tesis 2009 SCJN , registro digital 165713
@gigi9291
13 сағат бұрын
@@josefrancisconietoalcala2460osea me está diciendo que la reforma a la constitución no forma parte de la misma constitución? reforma que nadie ha declarado ni se atrevería a declarar inconstitucional y sabe usted por qué? Porque no se puede, no existe fundamento legal, que lo estén intentando inventándose cualquier tipo de cosa es diferente, pero no lo van a lograr, estarían violando la propia constitución.
@kevinnava8739
13 сағат бұрын
Este individuo dice cosas de mas.. mientras la corte se decide tomar el caso la corte internacional tendrá en su poder la justicia de México..mejor dicho tendrá a México para hacer lo que ellos quieran está loco este tipo Irles a entregar al país a eso locos de la corte internacional 😢😢😂😂😂
@JoseCastillo-jf8zi
2 сағат бұрын
La reforma judicial es una decisión exclusiva de los mexicanos tomada por medio de sus representantes en el Congreso No es tema de tribunales extranjeros por ser un ejercicio soberano que corresponde a los ciudadanos mexicanos. No puede ser inconstitutional una reforma que ya está integrada a la constitución Los Tribunales mexicanos están impedidos No pueden ser juez y parte. Tienen conflicto de intereses Además deben respetar una decisión democrática No puede oponerse el poder judicial sin respaldo por el voto popular.
@OvinoFilms
Сағат бұрын
a quien quieres engañar? esta reforma no es del pueblo es de un señor que se llama Lopez Obrador
@IsraelFS
11 сағат бұрын
Primer y unico video que vere de usted. Asi de simple como muchos apatridas han dicho: "LA LEY ES LA LEY". Que la usen solo cuando les conviene ahi ustedes, pero cuando es en serio ahi si refutan. ¡LA REFORMA VA Y ES CONSNTITUCIONAL!
@heleodorovasquez1055
15 сағат бұрын
El PJF no puede ser juez y parte. La mayoría para no decir el 90% de los mexicanos no sentimos que haya justicia eficiente eficaz y mucho menos imparcial. Es claro que hay corrupción en el poder judicial y el que no lo ve, es o ciego o corrupto.
@vicpolitica911
15 сағат бұрын
Podrías citar el estudio o estadística para hablar de la mayoría de los mexicanos?
@esperanzafuentes5718
13 сағат бұрын
Y si no es indiscreción a qué te dedicas? Lo pregunto por la mayoría que mencionas.
@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF
11 сағат бұрын
*Poder Constituyente Originario* Este poder surge, una sola ocasión para crear la *primera Constitución* y *establece* su *forma* de *Gobierno*, y en ocasiones es el fundador de una *nueva legitimidad*, si obra por *vía revolucionaria*. La Constitución General en su Artículo 39. dice lo siguiente: La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. *El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno*. *El Pueblo y su Derecho de Alterar su Forma de Gobierno* Esto quiere decir que el pueblo es el único que tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su Gobierno. *Por tanto, los poderes constituidos quedan excluidos para alterar la esencia fundamental de la Constitución Federal que altere su correcto funcionamiento, ya que esto puede afectar el sistema de Gobierno establecido en una República representativa, democrática, laica y federal*. *¿Qué es el Poder Secundario o Derivado?* No obstante, ya que la vida misma y el derecho necesitan adecuarse al tiempo en que los cambios y reformas son indispensables para su calidad social, el constituyente originario instituyo un poder reformador conocido como el Constituyente Permanente. *Este es el Congreso de la Unión, el cual se divide en dos Cámaras, una de ellas es la de diputados y otra de los senadores*. (art. 50 capítulo II, del poder legislativo, CPEUM) *Límites al Poder Secundario o Derivado* *El poder reformador tiene una competencia jurídica normada y limitada*, la cual le impide tener la potestad de creación de cambios esencialmente contrarios e innecesarios para cambiarla en su estructura básica* dividida en dos la primera la dogmática y la segunda orgánica, _que como resultado afecten la propia Carta Magna._ *(Derechos, Garantías, Principios, Obligaciones y Deberes)* _De ahí resulta que está impedida para transformarla sin la exacta observancia de mantener la esencia Constitucional Originaria; convirtiéndose en un Poder Conservador, No constituyente._ *El Único Poder Constituyente Originario es el Pueblo* Por consiguiente, el _único_ _titular_ con _esencia_ _intransferible_, _inalienable_ y *soberano es el pueblo* quien no puede delegar su poder en otro, ya que si fuera traspasable perdería su esencia y dejaría de ser soberano. *Entonces resulta que el pueblo cede un fragmento de su libertad a través de los poderes constituidos, en forma de un documento al que llamamos Carta Magna, la cual se instituyo para beneficio de todos*. *¿Quiénes son los Poderes Constituidos?* Los poderes constituidos son aquellos que forman el equilibrio de Gobierno, con funciones diversas, ni uno debe estar por encima de otro, pues esto vulnera la División de Poderes. *Poder Legislativo* *Poder Ejecutivo* *Poder Judicial* *Límites al Gobierno* • *Límites a los Poderes Constituidos, dicho de otra manera, son aquellas afectaciones que hagan a los derechos humanos y sus garantías para su protección, las cuales son esenciales para colocar topes al poder.* • *Los probables escenarios son reformas que disminuyan tus derechos y con esto haya una regresividad en derechos adquiridos.* • *Justicia, Educación, Armas de Fuego, Salud, Seguridad Pública, Garantía de Audiencia, Legalidad, Irretroactividad de la ley, Entre otros más.* *Te gustaría que volviera la pena de muerte a México, aun sabiendo que la justicia puede cometer errores y castigar a un inocente con pena capital, sin el debido proceso.* *Poder Originario Constituyente* Historia (Los cambios de régimen solo se logran con revoluciones de ahí nace el Poder Originario Constituyente). *Lealtad a la Constitución General* Que panorama nos espera si alguno de los poderes no respeta el orden Constitucional Mexicano, como diría el Presidente _Lic. Benito Pablo Juárez García_ *"Nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho"* Hoy el Poder Legislativo y Ejecutivo, buscan a través de la fuerza imponer sus reformas, aunque estas vayan en contra de la Constitución General, es así como se vulnera la esencia de esta. Esto resulta de realizar cambios que no armonizan entre sí, y son contrarios a diversas disposiciones de la Constitución General y Tratados Internacionales. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* El Poder Judicial debe ser independiente ya que de esto depende que se respete las Norma Suprema. *Y se evite que tus derechos y libertades sean puestas en peligro por personas que busquen su propio beneficio partidario, poniendo en duda su imparcialidad, aprobando reformas y leyes que se alejen del espíritu del Constituyente Originario.* *Lealtad a la Constitución General.* La única lealtad que debe prevalecer es hacia la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, No debe alegarse obediencia o cualquier otra forma de interpretación para hacer o dejar de hacer algo que implique una merma en las funciones públicas, como lo es la prestación del servicio público, salvo causas de fuerza mayor, debe ser una obligación desobedecer ordenes contrarias que vayan en perjuicio de las funciones que tengan encomendadas dentro del marco de sus atribuciones, debiendo rendir su informe de ley sobre aquellas que rebasen su competencia. *Muchos servidores públicos pueden alegar obediencia a los altos cargos* Protestas y Movimiento Social, Masacre de 1968 (Ejecutivo) 43 desaparecidos Caso Ayotzinapa 2014 (Ejecutivo) 42 Civiles masacre de presuntos integrantes del cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) ocurrida en un rancho de Tanhuato, Michoacán, en mayo de 2015. (Ejecutivo) *La Armonización Jurídica entre artículos y principios constitucionales, solo mencionare algunos fragmentos.* *CPEUM* Articulo 1. párrafo primero, Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma. Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* *No elijas personas Serviles y con Ideologías Partidistas.* *Que estén quebradas en su imparcialidad.*
@Beatusille-OK
10 сағат бұрын
Mucho vulgo opinando desde la ignorancia. Tenemos derechos a ignorar ciertos temas. Pero como abusan de este derecho.
@M.CornejoAsocs
4 сағат бұрын
Empezando el vídeo con "opiniones (como la mía) muy buenas pero las contrarias sin rigor científico" pierdes toda objetividad. Falta de rigor es poner a los tribunales a legislar...
@ramonarias2593
13 сағат бұрын
El amparo es un mecanismo para que el Ciudadano combata las determinaciones arbitrarias de la autoridad. Amlo presentó la propuesta desde febrero y cumplió con las exigencias del 135 constitucional. Si se hubiera publicado sin la aprobación del congreso ni las legislaturas locales pues si sería un acto arbitrario. Lo que es arbitrario son esos jueces que admiten las demandas de amparo sin respetar los extremos de la fracción I del 61 de la ley de amparo, extralimitándose y ejerciendo un abuso de funciones. Ahora bien creo que los ciudadanos tenemos derecho a votar y ser votados y la actividad jurisdiccional no es la excepción. Si los juristas cumplen con el perfil y encima son ratificados por la ciudadanía. Además el derecho es un sistema Vivo y va mutando de conformidad a lo que dictan las mayorías y eso es la democracia.
@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF
11 сағат бұрын
*Poder Constituyente Originario* Este poder surge, una sola ocasión para crear la *primera Constitución* y *establece* su *forma* de *Gobierno*, y en ocasiones es el fundador de una *nueva legitimidad*, si obra por *vía revolucionaria*. La Constitución General en su Artículo 39. dice lo siguiente: La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. *El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno*. *El Pueblo y su Derecho de Alterar su Forma de Gobierno* Esto quiere decir que el pueblo es el único que tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su Gobierno. *Por tanto, los poderes constituidos quedan excluidos para alterar la esencia fundamental de la Constitución Federal que altere su correcto funcionamiento, ya que esto puede afectar el sistema de Gobierno establecido en una República representativa, democrática, laica y federal*. *¿Qué es el Poder Secundario o Derivado?* No obstante, ya que la vida misma y el derecho necesitan adecuarse al tiempo en que los cambios y reformas son indispensables para su calidad social, el constituyente originario instituyo un poder reformador conocido como el Constituyente Permanente. *Este es el Congreso de la Unión, el cual se divide en dos Cámaras, una de ellas es la de diputados y otra de los senadores*. (art. 50 capítulo II, del poder legislativo, CPEUM) *Límites al Poder Secundario o Derivado* *El poder reformador tiene una competencia jurídica normada y limitada*, la cual le impide tener la potestad de creación de cambios esencialmente contrarios e innecesarios para cambiarla en su estructura básica* dividida en dos la primera la dogmática y la segunda orgánica, _que como resultado afecten la propia Carta Magna._ *(Derechos, Garantías, Principios, Obligaciones y Deberes)* _De ahí resulta que está impedida para transformarla sin la exacta observancia de mantener la esencia Constitucional Originaria; convirtiéndose en un Poder Conservador, No constituyente._ *El Único Poder Constituyente Originario es el Pueblo* Por consiguiente, el _único_ _titular_ con _esencia_ _intransferible_, _inalienable_ y *soberano es el pueblo* quien no puede delegar su poder en otro, ya que si fuera traspasable perdería su esencia y dejaría de ser soberano. *Entonces resulta que el pueblo cede un fragmento de su libertad a través de los poderes constituidos, en forma de un documento al que llamamos Carta Magna, la cual se instituyo para beneficio de todos*. *¿Quiénes son los Poderes Constituidos?* Los poderes constituidos son aquellos que forman el equilibrio de Gobierno, con funciones diversas, ni uno debe estar por encima de otro, pues esto vulnera la División de Poderes. *Poder Legislativo* *Poder Ejecutivo* *Poder Judicial* *Límites al Gobierno* • *Límites a los Poderes Constituidos, dicho de otra manera, son aquellas afectaciones que hagan a los derechos humanos y sus garantías para su protección, las cuales son esenciales para colocar topes al poder.* • *Los probables escenarios son reformas que disminuyan tus derechos y con esto haya una regresividad en derechos adquiridos.* • *Justicia, Educación, Armas de Fuego, Salud, Seguridad Pública, Garantía de Audiencia, Legalidad, Irretroactividad de la ley, Entre otros más.* *Te gustaría que volviera la pena de muerte a México, aun sabiendo que la justicia puede cometer errores y castigar a un inocente con pena capital, sin el debido proceso.* *Poder Originario Constituyente* Historia (Los cambios de régimen solo se logran con revoluciones de ahí nace el Poder Originario Constituyente). *Lealtad a la Constitución General* Que panorama nos espera si alguno de los poderes no respeta el orden Constitucional Mexicano, como diría el Presidente _Lic. Benito Pablo Juárez García_ *"Nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho"* Hoy el Poder Legislativo y Ejecutivo, buscan a través de la fuerza imponer sus reformas, aunque estas vayan en contra de la Constitución General, es así como se vulnera la esencia de esta. Esto resulta de realizar cambios que no armonizan entre sí, y son contrarios a diversas disposiciones de la Constitución General y Tratados Internacionales. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* El Poder Judicial debe ser independiente ya que de esto depende que se respete las Norma Suprema. *Y se evite que tus derechos y libertades sean puestas en peligro por personas que busquen su propio beneficio partidario, poniendo en duda su imparcialidad, aprobando reformas y leyes que se alejen del espíritu del Constituyente Originario.* *Lealtad a la Constitución General.* La única lealtad que debe prevalecer es hacia la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, No debe alegarse obediencia o cualquier otra forma de interpretación para hacer o dejar de hacer algo que implique una merma en las funciones públicas, como lo es la prestación del servicio público, salvo causas de fuerza mayor, debe ser una obligación desobedecer ordenes contrarias que vayan en perjuicio de las funciones que tengan encomendadas dentro del marco de sus atribuciones, debiendo rendir su informe de ley sobre aquellas que rebasen su competencia. *Muchos servidores públicos pueden alegar obediencia a los altos cargos* Protestas y Movimiento Social, Masacre de 1968 (Ejecutivo) 43 desaparecidos Caso Ayotzinapa 2014 (Ejecutivo) 42 Civiles masacre de presuntos integrantes del cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) ocurrida en un rancho de Tanhuato, Michoacán, en mayo de 2015. (Ejecutivo) *La Armonización Jurídica entre artículos y principios constitucionales, solo mencionare algunos fragmentos.* *CPEUM* Articulo 1. párrafo primero, Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma. Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* *No elijas personas Serviles y con Ideologías Partidistas.* *Que estén quebradas en su imparcialidad.*
@ramonarias2593
11 сағат бұрын
@@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF De los argumentos que plasmas, donde se esta cambiando la estructura básica de la constitucion? Acaso se esta eliminando el Poder Judicial? Desde luego que no, lo que se esta cambiando es la manera en como se eligen a los jueces. La ciudadanía tiene un nuevo rol. La independencia judicial se respeta. Es indispensable mejorar las resolución es judiciales, el sistema de apelaciones, el fin es que tengamos resoluciones más justas y castigar aquellos jueces que no emiten resoluciones apegadas a derecho. El simple hecho que existen cortes de apelaciones da pie a suponer que los jueces violentan el derecho.
@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF
10 сағат бұрын
@@ramonarias2593 Es mentira ya que el Poder Legislativo elegira a los Nuevos Jueces, Magistrados y Ministros. El Pueblo solo Refrendara la Voluntad del Poder Legislativo, en conclusión serán otro instrumento del Poder ejecutivo. Aparte de debe analizar cada artículo que debe armonizarse entre si y su relación con los tratados internacionales. Si el Poder Ejecutivo y Legislativo No respetan las resoluciones que emanan de un Poder Judicial, que tipo de justicia queremos. Pero Tambien Votemos por todo, si esa es la solución a los problemas de México.
@GenaroValdovinos
12 сағат бұрын
¡Cuánta dificultad para aceptar que el soberano absoluto es el pueblo! 😅
@Alsesabc
11 сағат бұрын
La ignorancia
@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF
11 сағат бұрын
*Poder Constituyente Originario* Este poder surge, una sola ocasión para crear la *primera Constitución* y *establece* su *forma* de *Gobierno*, y en ocasiones es el fundador de una *nueva legitimidad*, si obra por *vía revolucionaria*. La Constitución General en su Artículo 39. dice lo siguiente: La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. *El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno*. *El Pueblo y su Derecho de Alterar su Forma de Gobierno* Esto quiere decir que el pueblo es el único que tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su Gobierno. *Por tanto, los poderes constituidos quedan excluidos para alterar la esencia fundamental de la Constitución Federal que altere su correcto funcionamiento, ya que esto puede afectar el sistema de Gobierno establecido en una República representativa, democrática, laica y federal*. *¿Qué es el Poder Secundario o Derivado?* No obstante, ya que la vida misma y el derecho necesitan adecuarse al tiempo en que los cambios y reformas son indispensables para su calidad social, el constituyente originario instituyo un poder reformador conocido como el Constituyente Permanente. *Este es el Congreso de la Unión, el cual se divide en dos Cámaras, una de ellas es la de diputados y otra de los senadores*. (art. 50 capítulo II, del poder legislativo, CPEUM) *Límites al Poder Secundario o Derivado* *El poder reformador tiene una competencia jurídica normada y limitada*, la cual le impide tener la potestad de creación de cambios esencialmente contrarios e innecesarios para cambiarla en su estructura básica* dividida en dos la primera la dogmática y la segunda orgánica, _que como resultado afecten la propia Carta Magna._ *(Derechos, Garantías, Principios, Obligaciones y Deberes)* _De ahí resulta que está impedida para transformarla sin la exacta observancia de mantener la esencia Constitucional Originaria; convirtiéndose en un Poder Conservador, No constituyente._ *El Único Poder Constituyente Originario es el Pueblo* Por consiguiente, el _único_ _titular_ con _esencia_ _intransferible_, _inalienable_ y *soberano es el pueblo* quien no puede delegar su poder en otro, ya que si fuera traspasable perdería su esencia y dejaría de ser soberano. *Entonces resulta que el pueblo cede un fragmento de su libertad a través de los poderes constituidos, en forma de un documento al que llamamos Carta Magna, la cual se instituyo para beneficio de todos*. *¿Quiénes son los Poderes Constituidos?* Los poderes constituidos son aquellos que forman el equilibrio de Gobierno, con funciones diversas, ni uno debe estar por encima de otro, pues esto vulnera la División de Poderes. *Poder Legislativo* *Poder Ejecutivo* *Poder Judicial* *Límites al Gobierno* • *Límites a los Poderes Constituidos, dicho de otra manera, son aquellas afectaciones que hagan a los derechos humanos y sus garantías para su protección, las cuales son esenciales para colocar topes al poder.* • *Los probables escenarios son reformas que disminuyan tus derechos y con esto haya una regresividad en derechos adquiridos.* • *Justicia, Educación, Armas de Fuego, Salud, Seguridad Pública, Garantía de Audiencia, Legalidad, Irretroactividad de la ley, Entre otros más.* *Te gustaría que volviera la pena de muerte a México, aun sabiendo que la justicia puede cometer errores y castigar a un inocente con pena capital, sin el debido proceso.* *Poder Originario Constituyente* Historia (Los cambios de régimen solo se logran con revoluciones de ahí nace el Poder Originario Constituyente). *Lealtad a la Constitución General* Que panorama nos espera si alguno de los poderes no respeta el orden Constitucional Mexicano, como diría el Presidente _Lic. Benito Pablo Juárez García_ *"Nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho"* Hoy el Poder Legislativo y Ejecutivo, buscan a través de la fuerza imponer sus reformas, aunque estas vayan en contra de la Constitución General, es así como se vulnera la esencia de esta. Esto resulta de realizar cambios que no armonizan entre sí, y son contrarios a diversas disposiciones de la Constitución General y Tratados Internacionales. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* El Poder Judicial debe ser independiente ya que de esto depende que se respete las Norma Suprema. *Y se evite que tus derechos y libertades sean puestas en peligro por personas que busquen su propio beneficio partidario, poniendo en duda su imparcialidad, aprobando reformas y leyes que se alejen del espíritu del Constituyente Originario.* *Lealtad a la Constitución General.* La única lealtad que debe prevalecer es hacia la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, No debe alegarse obediencia o cualquier otra forma de interpretación para hacer o dejar de hacer algo que implique una merma en las funciones públicas, como lo es la prestación del servicio público, salvo causas de fuerza mayor, debe ser una obligación desobedecer ordenes contrarias que vayan en perjuicio de las funciones que tengan encomendadas dentro del marco de sus atribuciones, debiendo rendir su informe de ley sobre aquellas que rebasen su competencia. *Muchos servidores públicos pueden alegar obediencia a los altos cargos* Protestas y Movimiento Social, Masacre de 1968 (Ejecutivo) 43 desaparecidos Caso Ayotzinapa 2014 (Ejecutivo) 42 Civiles masacre de presuntos integrantes del cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) ocurrida en un rancho de Tanhuato, Michoacán, en mayo de 2015. (Ejecutivo) *La Armonización Jurídica entre artículos y principios constitucionales, solo mencionare algunos fragmentos.* *CPEUM* Articulo 1. párrafo primero, Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma. Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* *No elijas personas Serviles y con Ideologías Partidistas.* *Que estén quebradas en su imparcialidad.*
@LuisAngel-ln3rk
11 сағат бұрын
Pobre p...jo ignorante 😂
@yoloCODE
10 сағат бұрын
Ignoras, o te conviene olvidar, que de no ser por varias argucias, tretas y demás estrategias bastante cuestionables, si no es que ilegales, Morena logró la mayoría absoluta para llevar a cabo esta reforma. Si realmente hubieran respetado la voluntad del pueblo expresa en las urnas, la reforma no hubiera pasado.
@JuanPerez-jx6ky
8 сағат бұрын
@@yoloCODE Como dijo un personaje ilustre de la historia de México, "Hayga sido como hayga sido" la reforma ya es un hecho.
@mariacristinadominguez1266
16 сағат бұрын
❤❤❤❤❤
@basketball2373
12 сағат бұрын
Y dicen que no son vende patrias, quieren y les encanta empinarse que otros paises les ordene y diga que hacer. Cada pais tiene sus leyes y reglas, asi que es punto y aparte lo que este disque doctor dice. Se cumplio con todos los requisitos y no hay poder alguno que detenga esta reforma.
@lupitainmuebles
11 сағат бұрын
Con la anulación de elecciones por fraude electoral que se cometió. Morena no ganó las elecciones fraude con apoyo del INE. Cárcel para todos los del INE, hay pruebas lo que arrojaron las casillas con lo que publicó el PREP
@Rino_1er.R.B.R.2004_Ulises_PF
11 сағат бұрын
*Poder Constituyente Originario* Este poder surge, una sola ocasión para crear la *primera Constitución* y *establece* su *forma* de *Gobierno*, y en ocasiones es el fundador de una *nueva legitimidad*, si obra por *vía revolucionaria*. La Constitución General en su Artículo 39. dice lo siguiente: La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. *El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno*. *El Pueblo y su Derecho de Alterar su Forma de Gobierno* Esto quiere decir que el pueblo es el único que tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su Gobierno. *Por tanto, los poderes constituidos quedan excluidos para alterar la esencia fundamental de la Constitución Federal que altere su correcto funcionamiento, ya que esto puede afectar el sistema de Gobierno establecido en una República representativa, democrática, laica y federal*. *¿Qué es el Poder Secundario o Derivado?* No obstante, ya que la vida misma y el derecho necesitan adecuarse al tiempo en que los cambios y reformas son indispensables para su calidad social, el constituyente originario instituyo un poder reformador conocido como el Constituyente Permanente. *Este es el Congreso de la Unión, el cual se divide en dos Cámaras, una de ellas es la de diputados y otra de los senadores*. (art. 50 capítulo II, del poder legislativo, CPEUM) *Límites al Poder Secundario o Derivado* *El poder reformador tiene una competencia jurídica normada y limitada*, la cual le impide tener la potestad de creación de cambios esencialmente contrarios e innecesarios para cambiarla en su estructura básica* dividida en dos la primera la dogmática y la segunda orgánica, _que como resultado afecten la propia Carta Magna._ *(Derechos, Garantías, Principios, Obligaciones y Deberes)* _De ahí resulta que está impedida para transformarla sin la exacta observancia de mantener la esencia Constitucional Originaria; convirtiéndose en un Poder Conservador, No constituyente._ *El Único Poder Constituyente Originario es el Pueblo* Por consiguiente, el _único_ _titular_ con _esencia_ _intransferible_, _inalienable_ y *soberano es el pueblo* quien no puede delegar su poder en otro, ya que si fuera traspasable perdería su esencia y dejaría de ser soberano. *Entonces resulta que el pueblo cede un fragmento de su libertad a través de los poderes constituidos, en forma de un documento al que llamamos Carta Magna, la cual se instituyo para beneficio de todos*. *¿Quiénes son los Poderes Constituidos?* Los poderes constituidos son aquellos que forman el equilibrio de Gobierno, con funciones diversas, ni uno debe estar por encima de otro, pues esto vulnera la División de Poderes. *Poder Legislativo* *Poder Ejecutivo* *Poder Judicial* *Límites al Gobierno* • *Límites a los Poderes Constituidos, dicho de otra manera, son aquellas afectaciones que hagan a los derechos humanos y sus garantías para su protección, las cuales son esenciales para colocar topes al poder.* • *Los probables escenarios son reformas que disminuyan tus derechos y con esto haya una regresividad en derechos adquiridos.* • *Justicia, Educación, Armas de Fuego, Salud, Seguridad Pública, Garantía de Audiencia, Legalidad, Irretroactividad de la ley, Entre otros más.* *Te gustaría que volviera la pena de muerte a México, aun sabiendo que la justicia puede cometer errores y castigar a un inocente con pena capital, sin el debido proceso.* *Poder Originario Constituyente* Historia (Los cambios de régimen solo se logran con revoluciones de ahí nace el Poder Originario Constituyente). *Lealtad a la Constitución General* Que panorama nos espera si alguno de los poderes no respeta el orden Constitucional Mexicano, como diría el Presidente _Lic. Benito Pablo Juárez García_ *"Nada por la fuerza, todo por la razón y el derecho"* Hoy el Poder Legislativo y Ejecutivo, buscan a través de la fuerza imponer sus reformas, aunque estas vayan en contra de la Constitución General, es así como se vulnera la esencia de esta. Esto resulta de realizar cambios que no armonizan entre sí, y son contrarios a diversas disposiciones de la Constitución General y Tratados Internacionales. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* El Poder Judicial debe ser independiente ya que de esto depende que se respete las Norma Suprema. *Y se evite que tus derechos y libertades sean puestas en peligro por personas que busquen su propio beneficio partidario, poniendo en duda su imparcialidad, aprobando reformas y leyes que se alejen del espíritu del Constituyente Originario.* *Lealtad a la Constitución General.* La única lealtad que debe prevalecer es hacia la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, No debe alegarse obediencia o cualquier otra forma de interpretación para hacer o dejar de hacer algo que implique una merma en las funciones públicas, como lo es la prestación del servicio público, salvo causas de fuerza mayor, debe ser una obligación desobedecer ordenes contrarias que vayan en perjuicio de las funciones que tengan encomendadas dentro del marco de sus atribuciones, debiendo rendir su informe de ley sobre aquellas que rebasen su competencia. *Muchos servidores públicos pueden alegar obediencia a los altos cargos* Protestas y Movimiento Social, Masacre de 1968 (Ejecutivo) 43 desaparecidos Caso Ayotzinapa 2014 (Ejecutivo) 42 Civiles masacre de presuntos integrantes del cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) ocurrida en un rancho de Tanhuato, Michoacán, en mayo de 2015. (Ejecutivo) *La Armonización Jurídica entre artículos y principios constitucionales, solo mencionare algunos fragmentos.* *CPEUM* Articulo 1. párrafo primero, Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección. Artículo 39. La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Artículo 40. Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República representativa, democrática, laica y federal, compuesta por Estados libres y soberanos. Artículo 41. El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión. Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma. Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. *El Poder Judicial es el Órgano Revisor de la Constitución General, Guardian que vigila que esta no pierda su esencia Original.* *No elijas personas Serviles y con Ideologías Partidistas.* *Que estén quebradas en su imparcialidad.*
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