🚨 La Resolución 165 de 2023 en su artículo 7 nos indica quiénes están obligados a facturar y nos habla de los siguientes contribuyentes:
1️⃣ Personas naturales responsables de IVA
2️⃣ Personas naturales responsables de impuesto al consumo
3️⃣ Personas naturales contratistas del estado que tengan ingresos superiores a 4.000 UVT
4️⃣ Personas jurídicas responsables en la venta de productos o servicios gravados
5️⃣ Contribuyentes del régimen simple de tributación
🔴 La norma hace una aclaración respecto a las personas naturales comerciantes, así como las personas naturales que desarrollen actividades de profesiones liberales, qué sólo se encontrarán obligados si cumplen los requisitos establecidos para tal fin, que son los enumerados anteriormente. Es decir, quien no los cumpla no estará obligado.
👉 Se debe tener presente que el calendario existente para documentos electrónicos se refiere a los documentos equivalentes, dentro de los cuales se encuentra el tipo de facturación POS que comenzó a regir desde el 1 de mayo con los grandes contribuyentes.
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Негізгі бет ¿Quiénes están obligados a facturar electrónicamente?
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