El otorgamiento de poder es un acto jurídico unilateral realizado por personas con plena capacidad de ejercicios y que no estén prohibidas por ley.
Hay 2 tipos de poderes: Poder general y poder especial.
Las modalidades por el cual el notario formalizará el poder son:
a) Poder por escritura pública
b) Poder fuera de registro
c) Poder por carta con firma legalizada
Ana Luisa Ardiles López
Abogada por la Pontificia Universidad Católica del Perú
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